En el marco jurídico que ofrece la vigente Constitución, en su artículo 43.3 establece que “Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio”.
Cabe destacar también la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de 21 de noviembre de 1978 de la UNESCO que señala al deporte “como un derecho fundamental del ser humano y como indispensable para el desarrollo de su personalidad”.
En este sentido su artículo 1º dice que “Todo ser humano tiene el derecho fundamental de acceder a la educación física y al deporte, que son indispensables para el pleno desarrollo de su personalidad. El derecho a desarrollar las facultades físicas, intelectuales y morales por medio de la educación física y el deporte deberá garantizarse tanto dentro del marco del sistema educativo como en el de los demás aspectos de la vida social”
Además, en los últimos años se ha producido un considerable incremento de la demanda tanto de servicios como de infraestructuras deportivas, dada la mayor conciencia ciudadana de la práctica deportiva como forma de mantenimiento de la salud, de mejora de la calidad de vida y de integración social del individuo.
Por este motivo, el Ayuntamiento de Alcantarilla se esfuerza en proveer a la ciudadanía de equipamientos deportivos y de una amplia y variada oferta de servicios de actividad física y deportiva para satisfacer sus necesidades, tanto en materia de deporte y competición como en materia de ocio y recreación.
El Servicio Municipal de Deportes, dependiente de la Concejalía de Deportes y Juventud, cuyos fines principales son la promoción de la actividad física y deportiva y el cuidado y control de la salud y la forma física de los deportistas, todo ello para potenciar el desarrollo de la persona, el bienestar físico y la calidad de vida entre la población de Alcantarilla y la sociedad en general.
NORMATIVA APLICABLE
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
- Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
- Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal.
- Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
- Ley 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia
- Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.
- Decreto nº 58/1992, de 28 de mayo, por el que se aprueba el reglamento sobre condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso público, de la Región de Murcia
- Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
- Ordenanza reguladora de la tasa por la utilización de las instalaciones deportivas municipales.
- Ordenanza de Movilidad del municipio de Alcantarilla.
- Reglamentos deportivos federativos.
Los principales servicios que presta, dirigidos a la población de Alcantarilla en especial, y en general al resto de la sociedad, son:
- Instalaciones deportivas para práctica del deporte y para el desarrollo de actividades y eventos deportivos.
- Formación complementaria en actividad física y deportiva, a través de las escuelas deportivas.
- Actividades supervisadas para favorecer la práctica de Actividad Física de forma saludable y el deporte para todos los niveles de práctica.
- Competiciones al amparo del programa de Deporte Escolar, en colaboración con los centros docentes de primaria y secundaria de la localidad, como mecanismo de fomento de la actividad deportiva a través del estímulo de la competición.
- Eventos deportivos de todo tipo para plasmar el compromiso con la sociedad, dar a conocer el Municipio de Alcantarilla y fomentar la actividad física y deportiva.
- Gestión y administración, acciones de publicidad y atención al público de toda la actividad del Servicio.
- La atención será personalizada, conociendo en todo momento la identidad de la persona que le atiende, adaptada a las circunstancias del interlocutor y durará el tiempo necesario para la resolución de sus dudas o gestión demandada.
- Cuando la información demandada sea específica, el personal del servicio le pondrá en contacto con el área competente o le facilitará su número y dirección.
- La atención a los ciudadanos será prestada con amabilidad y consideración por parte del personal del Servicio Municipal de Deportes, mostrando voluntad de ayuda y manteniendo en todo momento un comportamiento ético e imparcial.
- Se contestará a las solicitudes, quejas, sugerencias y reclamaciones que lleguen a la Concejalía de Deportes en el menor tiempo posible, y en todo caso con un máximo de 10 días hábiles, dando la opción al ciudadano que elija el canal para recibir la respuesta.
- Se mantendrá contacto permanente con entidades y ciudadanos.
- El Servicio Municipal de Deportes está situado en el edificio de la Piscina Municipal Cubierta en la calle Basilio Antonio Cobarro S/N. 30820 Alcantarilla.
- El horario de atención al público es de 09:00 – 15:00 de Lunes a Viernes.
- Teléfono: 968 89 33 85
- Correo electrónico: deportes@ayto-old.alcantarilla.es
- Concejal de Deportes y Juventud, D. Antonio Martínez Griñán