Procesos Participativos

Un proceso participativo es el procedimiento que, a iniciativa del propio Ayuntamiento, trata de recabar opiniones, propuestas y sugerencias de la ciudadanía, incorporando a los vecinos y vecinas en la fase de diseño y evaluación de diferentes actuaciones públicas, mediante procesos planificados que combinen medios telemáticos y actividades presenciales.

Corresponde a la Junta de Gobierno o al Alcalde determinar los asuntos o procedimientos en los que se podrán llevar a cabo estos procesos de participación ciudadana, sin perjuicio del derecho a la iniciativa para promover procesos de participación ciudadana.

El área municipal competente en participación ciudadana determinará en cada caso la estructura y herramientas del proceso a desarrollar. Al objeto de propiciar la efectiva participación de los vecinos y vecinas y miembros de la sociedad civil, los procesos se articularán en las siguientes fases:

a. Fase de información y consulta: en la que se proporcionará informará a los vecinos y vecinas en general acerca del proceso que se va a iniciar, indicando el objeto, las fases y el calendario del mismo. Se recaba información ciudadana, opiniones y sugerencias sobre aspectos generales en una determinada materia a través de medios presenciales y telemáticos. Se emitirá Informe de Aportaciones Ciudadanas y el área competente en la materia, elabora un Informe Razonado de Decisión, en el que se dará cuenta de las propuestas aprobadas o rechazadas. Las propuestas aceptadas se incorporarán al borrador del Proyecto o Plan a elaborar. Ambos informes se publicarán en la web municipal.

b. Fase de debate: Una vez elaborado el Borrador del Proyecto o Plan, se convoca a los representantes de la sociedad civil relacionados con la temática, para recabar su opinión, sugerencias y propuestas al Borrador. Se elabora un Informe de aportaciones ciudadanas.

c. Fase de retorno: al área responsable del proceso, una vez sometidas a estudio y valoración las propuestas ciudadanas de las fases a y b, emite Informe de razonado de decisión en el que se indican las propuestas aprobadas y rechazadas y los motivos y consideraciones para tomar las decisiones en torno a las mismas. Los resultados y aportaciones de los procesos de participación ciudadana que se desarrollen, en su condición de consultas que son, no tendrán carácter vinculante, correspondiendo al Pleno Municipal su aprobación o denegación.

d. Fase de evaluación, mediante la cual se evalúa el grado de cumplimiento de lo acordado por la ciudadanía en relación con lo finalmente ejecutado.

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