Datos de participación en Alcantarilla en las elecciones Municipales, Autonómicas y Europeas 2019

De un censo de electores de 30.193, en Alcantarilla, a los que hay que unir el censo de electores no españoles, con posibilidad de voto en las municipales 118 electores y para las Europeas 74, a las 18:00 horas el porcentaje de participación es de un 47,62%, mientras que en las elecciones municipales pasadas en el 2015 fue a esta misma hora de un 50,07%.

A las 14:00 horas el porcentaje de participación fue de un 35,42%, en las municipales pasadas en el 2015 fue a esa misma hora de un 37% y en las del 2011 fue un 40,57%, mientras que en las últimas elecciones generales del pasado 28 de abril el porcentaje a esta hora era de un 44,54%.

Las mesas electorales con mayor participación en Alcantarilla, de las 47 existentes en 26 secciones, distribuidas en 20 locales para ejercer el voto son con un 56,10% en la mesa 3b del colegio de la calle Aire en el barrio de San Roque, seguida por la mesa 2a en el colegio de las Hermanas Salesianas con un 55,13% y la mesa 5 única en el colegio del Centro Cultural Infanta Elena con u 54,74%. Las que menos son las dos mesas existentes en el Centro Integral de San José Obrero, con 30,17% y 35,94%, siguiéndole las dos mesas del colegio de Ntra. Sra. de las Asunción con un 36,01% y 42,42%, así como las dos mesas del colegio de Vistabella con un 42,11% y 44,32%.

En Alcantarilla tenemos 26 Secciones (Colegios Electorales), con 47 mesas electorales en 20 Locales para votar, con 47 presidentes de mesas y 94 vocales. En cuanto a representantes de la Administración nos encontramos con 22 a los que hay que unir los 15 funcionarios de las áreas de Secretaría General, Alcaldía, Régimen Interior y Mantenimiento. Así como los 12 Colegios Electorales cubiertos por Agentes del Cuerpo Nacional de Policía y 8 Colegios Electorales, por Agentes de la Policía Local en sus turnos de mañana y tarde.

Datos de participación en Alcantarilla en las elecciones Municipales, Autonómicas y Europeas 2019

De un censo de electores de 30.193, en Alcantarilla, a los que hay que unir el censo de electores no españoles, con posibilidad de voto en las municipales, 118 electores y para las Europeas 74, a las 14:00 horas el porcentaje de participación es de un 35,42%, en las municipales pasadas de 2015 fue, a esta hora, de un 37% y en las de 2011 de un 40,57%, mientras que en las últimas elecciones generales del pasado 28 de abril, el porcentaje a esta hora era de un 44,54%.

Las mesas electorales con mayor participación en Alcantarilla, de las 47 existentes en 26 secciones, distribuidas en 20 locales para ejercer el voto son la 1a con un 44,23% en el colegio de las Hermanas Salesianas y las 3b en la calle Aire del barrio de San Roque y la 18b en el Centro Social de Cabezo Verde, ambas con un 43,50%, seguida por la 1a en el Salón de Tronos con un 41,94%. Las que menos son las dos mesas existentes en el Centro Integral de San José Obrero, con 21,47% y 23,96%, siguiéndole las dos mesas del colegio de Ntra. Sra. de las Asunción la 7b con un 25,48 y la 7a con un 27,20%.

En Alcantarilla tenemos 26 Secciones (Colegios Electorales), con 47 mesas electorales en 20 Locales para votar, con 47 presidentes de mesas y 94 vocales. En cuanto a representantes de la Administración nos encontramos con 22 a los que hay que unir los 15 funcionarios de las áreas de Secretaría General, Alcaldía, Régimen Interior y Mantenimiento. Así como los 12 Colegios Electorales cubiertos por Agentes del Cuerpo Nacional de Policía y 8 Colegios Electorales, por Agentes de la Policía Local en sus turnos de mañana y tarde.

Crece la participación en las Elecciones Generales celebradas ayer a un 75.01%

Un 75,01% de los alcantarilleros con derecho a voto se dieron cita en las 47 urnas establecidas en 20 colegios electorales
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Participación en las Elecciones Generales del 28 de abril

De un censo de electores de 30.193, en Alcantarilla a las 18:00 horas el porcentaje de participación es de un 62,42%, en las generales del 20J 2016 fue a esta hora de un 51,38% y las del 20D 2015 fue de un 59,35%, mientras que en anteriores comicios, en las Locales 2015 fue de un 50,07%.

A las 14:00 horas el porcentaje de participación era de de un 44,54%. En las elecciones generales del 26J 2016 fue de un 40,22% y en las del 20D 2015 un 39,89%.

Las mesas electorales con mayor participación en Alcantarilla, de las 47 existentes en 26 secciones distribuidas en 20 locales para ejercer el voto, son la 11b, con un 68,42% en el colegio de la calle Mayor, 238 (antiguas oficinas de Furfural en el barrio de Campoamor), la 18b en la carretera de Cotillas, en la zona alcantarillera de Javalí Nuevo y en la 5u en el colegio existente en el Centro Cultural Infanta Elena con un 68,25%. Las que menos son nuevamente las dos mesas del Centro Integral de San José Obrero, la 13b con un 49,12% y la 13a con un 51,14%, siguiéndole la mesa 7a la del colegio Ntra. Sra. de la Asunción.

Del 8 al 15 de abril podrá consultarse el censo electoral para las elecciones autonómicas y municipales del 26 de mayo

Desde este lunes, 8 de abril y hasta el día 15 de abril podrá comprobarse el censo electoral de cara a las elecciones autonómicas y municipales del próximo 26 de mayo 2019.

Esta exposición pública se realiza con el objetivo que los ciudadanos puedan comprobar su inscripción en el mismo y subsanar los datos erróneos que pudiesen existir.

Es recomendable que todas las personas que han tenido modificaciones en el Padrón Municipal de Habitantes en los últimos meses, y sobre todo los que podrán ejercer su derecho al voto por primera vez, realicen estas comprobaciones.

El censo electoral se podrá consultar de lunes a viernes, de 9 a 14h, en la Oficina de Atención al Ciudadano, situado en la planta baja del ayuntamiento.

Los ciudadanos deberán acudir provistos de uno de los siguientes documentos: DNI, pasaporte o permiso de conducir.

También se podrá realizar la consulta con certificado digital en la web https://www.ine.es.

Del 11 al 18 de marzo podrá consultarse el censo electoral para las elecciones generales del 28 de abril

Desde este lunes, 11 de marzo y hasta el día 18 de marzo podrá comprobarse el censo electoral de cara a las elecciones a Cortes Generales del próximo 28 de abril de 2019.

Esta exposición pública se realiza con el objetivo que los ciudadanos puedan comprobar su inscripción en el mismo y subsanar los datos erróneos que pudiesen existir.

Es recomendable que todas las personas que han tenido modificaciones en el Padrón Municipal de Habitantes en los últimos meses, y sobre todo los que podrán ejercer su derecho al voto por primera vez, realicen estas comprobaciones.

El censo electoral se podrá consultar de lunes a viernes, de 9 a 14h, en la Oficina de Atención al Ciudadano, situado en la planta baja del ayuntamiento.

Los ciudadanos deberán acudir provistos de uno de los siguientes documentos: DNI, pasaporte o permiso de conducir.

También se podrá realizar la consulta con certificado digital en la web https://www.ine.es.

Comunicación de la Oficina del Censo Electoral sobre la formación del censo electoral de extranjeros residentes en España para las elecciones municipales y al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019

El día 26 de mayo de 2019 se celebrarán elecciones municipales y al Parlamento Europeo.

En estas elecciones podrán votar los nacionales de países de la Unión Europea y de países que hayan firmado con España un Acuerdo de reciprocidad de voto en elecciones municipales.

Para la formación del censo electoral de extranjeros residentes en España (CERE) la Oficina del Censo Electoral (OCE) traslada la siguiente información a todos los Ayuntamientos:

1. Nacionales de países de la Unión Europea (UE)

Los ciudadanos de la UE residentes en España, que reúnan los requisitos para ser electores exigidos para los españoles, pueden ejercer el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales y al Parlamento Europeo si manifiestan su voluntad de voto.

Aunque Reino Unido ha manifestado su intención de salir de la Unión Europea el 30 de marzo de 2019, según el Acuerdo de la Junta Electoral Central de 3 de octubre de 2018, los ciudadanos de Reino Unido residentes en España no deberán ser excluidos de la formación del censo electoral de las elecciones municipales y al Parlamento Europeo, advirtiendo a los
interesados que se trata de una previsión cautelar que dejará de tener efecto si se consuma la separación de Reino Unido el 30 de marzo de 2019.

1.1. Normativa

Resolución de 7 de septiembre de 2010, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales de los ciudadanos nacionales de países de la Unión Europea.

Resolución de 12 de abril de 2013, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral para las elecciones al Parlamento Europeo de los ciudadanos nacionales de otros países de la Unión Europea residentes en España.

1.2. Manifestaciones de voluntad de voto en España para las elecciones municipales y al Parlamento Europeo

Para facilitar la manifestación de voluntad de voto, la OCE va a enviar en los últimos días de octubre, o primeros de noviembre, una comunicación a los ciudadanos de la UE residentes en España, con los datos de sus empadronamientos preimpresos.

Las comunicaciones serán remitidas únicamente a quienes la OCE no se haya dirigido con ocasión de elecciones al Parlamento Europeo y municipales anteriores (altas en Padrón a partir del 1 de septiembre de 2013) y no hayan realizado la declaración formal. Esta comunicación incluye una clave de tramitación telemática (CTT) que posibilita realizar la manifestación de voto por internet.

Las declaraciones formales de manifestación de voluntad de voto en España para las elecciones municipales y al Parlamento 2019 Europeo podrán realizarse por internet, correo postal o personalmente en el Ayuntamiento de su residencia.

a) Por internet:

Los interesados deberán acceder al procedimiento a través de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE), https://sede.ine.gob.es, acreditar su identidad mediante un certificado electrónico asociado al NIE de los publicados en la misma y marcar la opción de manifestación de voluntad de voto. Quienes no dispongan de certificado electrónico podrán realizar la solicitud accediendo al sistema con su NIE y la CTT incluida en la comunicación.

b) Por correo postal:

Para realizar la declaración formal de manifestación de voto por correo postal, los interesados deberán enviar la respuesta directamente a la Delegación Provincial de la OCE, sin necesidad de franqueo.

c) En el Ayuntamiento de residencia:

Mediante la cumplimentación del impreso de declaración formal (modelo DFA) proporcionado por la Delegación Provincial de la OCE a ese Ayuntamiento en un fichero. La acreditación de identidad podrá hacerse con el documento de identidad o pasaporte de su país de origen.

1.3. Plazo

Para que tengan efecto en el censo electoral vigente de las elecciones municipales y al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019, las altas en Padrón y las declaraciones formales deberán realizarse a más tardar el día 30 de enero de 2019.

Las declaraciones presentadas después del 30 de enero de 2019, incluidas las que pudieran presentarse por reclamación a los datos de inscripción en el censo electoral, no se incluirán en el censo vigente de las elecciones de 26 de mayo de 2019.

2. Nacionales de países con Acuerdos de reciprocidad de voto para las elecciones municipales

Los residentes en España nacionales de países con Acuerdos reconociendo el derecho a votar en las elecciones municipales, que reúnan los requisitos establecidos en los mismos para ser electores, podrán solicitar la inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales del 26 de mayo de 2019.

Los Países con Acuerdos en vigor son: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.

También podrán solicitar la inscripción los nacionales de otros países con los que se establecieran Acuerdos, si estuvieran en vigor dentro del plazo de solicitud establecido.

2.1. Normativa

– Orden ECC/1758/2014, de 23 de septiembre, por la que se modifica la Orden EHA/2264/2010, de 20 de julio, por la que se dictan normas e instrucciones técnicas para la formación del censo electoral de residentes en España que sean nacionales de países con Acuerdos para las elecciones municipales.

– Resolución de 27 de octubre de 2014, de la Oficina del censo electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral de residentes en España de nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales.

2.2. Condiciones para la inscripción

Las condiciones que deben reunir para tener derecho a la inscripción son:

a) Ser mayor de dieciocho años y no estar privado del derecho de sufragio activo.

b) Estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes.

c) Estar en posesión de la autorización de residencia en España.

d) Haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el correspondiente Acuerdo (cinco años en el momento de la solicitud o tres años el día de la votación para los nacionales de Noruega). Este requisito se podrá justificar aportando un certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía.

2.3. Procedimientos y plazo de solicitud

Para facilitar la solicitud de inscripción, en los últimos días del mes de noviembre de 2018 la OCE va a remitir una comunicación a los extranjeros residentes en España que reúnan las condiciones establecidas en el apartado anterior, con sus datos personales y de residencia preimpresos, obtenidos de la información del Registro Central de Extranjeros y de los Padrones municipales. Esta comunicación incluye una clave de tramitación telemática (CTT) que posibilita realizar la manifestación de voto por internet.

Las solicitudes de inscripción se podrán realizar por internet, correo postal o personalmente en el Ayuntamiento.

a) Por internet:

Para realizar la solicitud de inscripción por internet los interesados deberán acceder al procedimiento “Solicitud de inscripción” a través de la Sede Electrónica del INE, https://sede.ine.gob.es, acreditar su identidad mediante un certificado electrónico asociado al NIE de los publicados en la misma y marcar la opción de solicitud de inscripción. Quienes no dispongan de certificado electrónico podrán realizar la solicitud accediendo al sistema con su NIE y la clave de tramitación telemática (CTT) incluida en la comunicación.

b) Por correo postal:

Los interesados deberán enviar la respuesta directamente a la Delegación Provincial de la OCE, sin necesidad de franqueo.

c) En el Ayuntamiento de residencia:

Los interesados que consideren que cumplen las condiciones del Acuerdo podrán presentar la solicitud personalmente en el Ayuntamiento, identificándose con su Tarjeta de identidad de extranjero (para los nacionales de Noruega o de Islandia se admiten además el documento nacional de identidad o el pasaporte de su país de origen).

El tiempo de residencia legal en España se deberá justificar con un certificado de residencia expedido únicamente por la Comisaría de Policía.

El modelo de solicitud será el proporcionado por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral a todos los ayuntamientos en un fichero, para que se hagan las impresiones necesarias.

2.4. Plazo

El plazo de presentación de las solicitudes establecido es del 1 de diciembre de 2018 al 15 de enero de 2019.

Las solicitudes que se presenten en los ayuntamientos deberán ser remitidas a la OCE antes del 20 de enero de 2019.

Las solicitudes realizadas fuera de plazo, incluidas las que pudieran realizarse por reclamación a los datos de inscripción en el censo electoral, serán desestimadas por incumplir este requisito.

3. Recuentos de comunicaciones enviadas por municipio

Los recuentos de comunicaciones realizadas por municipio se publicarán en las páginas web de la OCE, en www.ine.es, Censo Electoral / Formación del censo electoral de los extranjeros residentes en España para las elecciones municipales y al Parlamento Europeo 2019.

Elecciones para la renovación o constitución de los consejos escolares en los centros educativos de Alcantarilla

Al igual que en años anteriores, y de acuerdo con la normativa aplicable, deberán realizarse los procesos electorales para la renovación o constitución de los consejos escolares en los centros educativos que proceda su renovación en este curso escolar 2018-2019.
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Siguiendo el calendario orientativo establecido por la Dirección General de Centros Educativos, sobre la renovación de los consejos escolares de los centros docentes de enseñanza no universitaria de la Región de Murcia, deberá respetarse la fecha del día 22 de noviembre de 2018, para la celebración de la elección de los representantes de las madres y padres de alumnos, con el fin de su constitución según el plazo establecido en la normativa vigente (salvo en el municipio de Lorca que tendrá lugar el día 21, por ser festivo el día siguiente).

Por ello, y con el apoyo del Consejo Escolar de la Región de Murcia, en colaboración con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, desde el Ayuntamiento de Alcantarilla animamos a toda la comunidad educativa de los centros educativos de Alcantarilla a participar en estos procesos electorales para elegir a sus representantes en los consejos escolares municipales.

Descargar díptico del proceso electoral para centros públicos

Descargar díptico del proceso electoral para centros concertados