Carta de Servicios de Urbanismo

El urbanismo constituye la organización u ordenación de los edificios y los espacios de una ciudad acorde a un marco normativo. Es por tanto una disciplina que define teniendo en cuenta la estética, la sociología, la economía, la política, la higiene, la tecnología, el diseño de la ciudad y su entorno. Se ocupa tanto de los nuevos crecimientos como de la ciudad ya existente y consolidada a fin de mantenerla o mejorar sus infraestructuras y equipamientos.

En este diseño de la ciudad el ayuntamiento, mediante el planeamiento, establece unas categorías de suelo en función del uso que se vaya a hacer. Es lo que se conoce de forma genérica como clasificación y calificación del suelo.

Esta clasificación se encuentra recogida en los esquemas de los Planes Generales Municipales de Ordenación de los municipios. Para que un suelo pueda pasar de suelo rústico a urbanizable o urbano es necesario que tenga redactado un planteamiento general o de desarrollo en el que se especifique qué clase de suelo es y qué necesita para su transformación.

La consulta de la información urbanística de un municipio se puede hacer bien solicitando dichos datos a la oficina técnica municipal del ayuntamiento, bien analizando directamente la documentación urbanística que se puede obtener en los ayuntamientos, en los colegios técnicos profesionales, en la consejería competente en urbanismo, o en Internet (portales municipales y de las comunidades autónomas).

En virtud al artículo 25.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, son competencias municipales la ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanísticas, promoción y gestión de viviendas.

La Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, recoge el establecer instrumentos y mecanismos, tanto de ordenación del territorio como de planeamiento urbanístico municipal, versátiles y adaptables a las circunstancias que el interés público demande que se encuentran coordinados, como no podría ser de otra forma, con las exigencias de la tramitación ambiental.

El carácter estructurante del principio de desarrollo sostenible exige que la ordenación territorial y urbanística se apoye en tres pilares básicos: la sostenibilidad ambiental, la social y la económica. Y esta triple configuración es fundamental y debe encontrarse presente en las actuaciones que se prevean. Es por ello que se exige no solo una sostenibilidad ambiental, que se garantiza en todo caso por la aplicación respetuosa de la normativa sectorial correspondiente, sino también la económica, en el sentido de buscar un equilibrio en las actuaciones urbanísticas que las hagan realizables y, todo ello, con una vertiente social, la de satisfacer las necesidades de los ciudadanos.

El Área municipal de Urbanismo, dependiente de la Concejalía de Urbanismo, Obras y Servicios, tiene como principales objetivos la ordenación, gestión, ejecución del planeamiento urbanístico del municipio, la promoción y gestión de viviendas que se lleven a cabo dentro del mismo, la intervención administrativa en la tramitación de los distintos tipos de licencias urbanísticas y protección de la legalidad urbanística.

La misión principal de este Área es la planificación, desarrollo y ejecución de las funciones que le son propias, tales como:

  • Tramitación de los distintos tipos de licencias urbanísticas.
  • Tramitación, gestión y ejecución del planeamiento urbanístico.
  • Disciplina urbanística: inspección, órdenes de ejecución, ruinas y expedientes sancionadores.
  • Elaboración y, en su caso, tramitación de normas y ordenanzas sobre materias de urbanismo.

Destacan, entre otros, los siguientes servicios que se prestan desde el Área de Urbanismo:

  • Tramitar los expedientes de solicitud de licencia urbanística, declaración responsable y comunicación previa en materia de urbanismo.
  • Tramitar los expedientes de solicitud de acometidas de agua y alcantarillado, así como de zanjas para canalización de redes eléctricas y de telecomunicaciones.
  • Elaboración y/o tramitación de los planes de planeamiento, gestión urbanística y urbanización.
  • Dar información urbanística y administrativa, en materia de urbanismo, al ciudadano.
  • Asesorar al ciudadano en aquellos asuntos relacionados con el urbanismo municipal.
  • Llevar un control de inspección sobre las edificaciones.
  • Control de inspección sobre los edificios e inmuebles del municipio para su perfecta conservación.
  • Realizar visitas de inspección a aquellas obras, edificios, solares y otros tipos de instalaciones que el ciudadano solicita.
  • Efectuar estudios, inspecciones, informes y propuestas sobre medidas concretas de actuación en materia de urbanismo.
  • La atención será personalizada, conociendo en todo momento la identidad de la persona que le atiende, adaptada a las circunstancias del interlocutor y durará el tiempo necesario para la resolución de sus dudas o gestión demandada.
  • Cuando la información demandada sea específica, el personal de la oficina le pondrá en contacto con la unidad administrativa competente o le facilitará su número y dirección.
  • La atención a los ciudadanos será prestada con diligencia, respeto y consideración por parte del personal Área de Urbanismo, mostrando voluntad de ayuda y manteniendo en todo momento un comportamiento ético e imparcial.
  • Se contestará a las solicitudes, quejas, sugerencias y reclamaciones que lleguen al Área de Urbanismo en el menor tiempo posible, y en todo caso con un máximo de 10 días hábiles, dando la opción al ciudadano que elija el canal para recibir la respuesta.
  • Se mantendrá contacto permanente con entidades y ciudadanos.
  • Las dependencias del Área de Urbanismo están situadas en el edificio del Ayuntamiento en Plaza San Pedro, nº 1 – 2ª planta 30820 Alcantarilla (Murcia).
  • El horario de atención al público es de 9:00 – 14:00 de lunes a viernes.
  • Teléfono: 968 89 80 67 Fax 968 80 05 65
  • Concejal de Urbanismo, Educación, Participación y Modernización, D. Juan Manuel Gómez Serra.